Colegio notarial de madrid oposiciones

Colegio de Abogados de Madrid
El Ministerio de Justicia, mediante resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, convoca periódicamente oposiciones para la obtención del título de notario. El proceso se anuncia en el Boletín Oficial del Estado.
Según el Reglamento Notarial vigente "existen cuatro ejercicios de oposición: los dos primeros orales, y el tercero y cuarto escritos. Tanto los dos primeros como la lectura del tercer ejercicio y la primera parte del cuarto son públicos.
En ambos ejercicios orales los temas se extraerán al azar de entre los incluidos en el programa que debe publicarse en el "Boletín Oficial del Estado" un año antes de la celebración de la oposición.
El programa comprende una exposición del derecho sustantivo vigente en España en cada una de las materias que lo integran, en particular, tanto para el Derecho Común como para el Derecho Foral, aquellas que el notario debe conocer y aplicar en el ejercicio profesional, y cuyo conocimiento dará al notario una auténtica especialización. La sección de Derecho Civil incluirá los principios fundamentales del Derecho Internacional Privado. La legislación fiscal abarcará aquellos impuestos potencialmente de mayor relevancia para los notarios a la hora de asesorar imparcialmente a los particulares.
Licenciatura de Derecho en España
Esta titulación, altamente competitiva a nivel internacional, puede cursarse en modalidad bilingüe y cuenta con convenios con destacadas universidades europeas y norteamericanas para favorecer la movilidad internacional de los estudiantes.
Estos estudios incluyen todos los contenidos que se imparten en ambas titulaciones por separado. Al finalizar el programa, los alumnos recibirán dos titulaciones, una en Derecho y otra en Administración y Dirección de Empresas, con las ventajas profesionales que ello conlleva.
Un 93,4 % de los titulados de esta Universidad se incorporan al mercado laboral el primer año tras finalizar sus estudios, según el XXIV Estudio de Inserción Profesional 2019.
En esta titulación, la universidad ofrece la oportunidad de cursar en inglés más de la mitad de las asignaturas del programa de estudios. Una vez admitido, elegirás, en el momento de la matrícula, el idioma en el que cursarás tus estudios de acuerdo con las siguientes condiciones:
Colegio de abogados español
por ser "un 'verdadero especialista en resolución de conflictos', Ius + Aequitas Abogados es conocido por su experiencia en litigios internacionales, investigaciones corporativas y delitos financieros. El bufete actúa en una amplia gama de procedimientos, incluyendo procedimientos concursales en tribunales mercantiles, litigios penales y arbitraje internacional, con especial experiencia en los campos de administración concursal, propiedad intelectual y derecho público".
Tras preparar las oposiciones al Cuerpo de Notarios del Estado, Tomás Villatoro ha desarrollado una dilatada carrera profesional durante los últimos 25 años, que le ha permitido convertirse primero en asociado y, desde hace 20 años, en socio, de los departamentos de litigios y arbitraje de varios despachos de abogados como Mazars, Miguel Bravo Abogados y MPA Abogados.
Tomás Villatoro cuenta con una notable experiencia en la defensa de los intereses del sector turístico y, especialmente, de las empresas dedicadas a la gestión de pisos y viviendas turísticas, habiendo representado a la Federación Española de Viviendas Turísticas (Fevitur) y a las principales Asociaciones del sector en la impugnación, con notable éxito, de los Decretos dictados por diversas Comunidades Autónomas que limitaban la actividad, por ejemplo, en Madrid, Canarias, Andalucía y Baleares. También ha dirigido importantes reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra Administraciones Públicas derivadas de actuaciones urbanísticas.
Colegio notarial de madrid oposiciones 2021
En relación con el ejercicio de la fe pública notarial, como función y servicio público, así como en el estatuto de los notarios, se han producido en los últimos años una serie de modificaciones que han venido muy bien para una reforma del actual Reglamento Notarial, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se adopta definitivamente el Reglamento de Organización y Régimen Notarial.
En cuanto al estatuto del Notario, hay que distinguir dos grandes apartados: su carácter, los requisitos para el ejercicio de la función y la función funcionarial, por un lado, y el régimen disciplinario, por otro.
El Notario gozará de plena autonomía e independencia en su función, y en su organización jerárquica depende directamente del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Sin perjuicio de esta dependencia, el régimen del Notariado se considerará descentralizado sobre la base de Colegios Notariales, regidos por Juntas Directivas con competencia sobre los notarios de su respectivo territorio. En ningún caso el notario, en el ejercicio de su función pública, o como profesional del Derecho, estará sujeto a dependencia jerárquica o económica de otro notario. El ámbito territorial de los Colegios Notariales se corresponderá con el de las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en el anexo V del presente Reglamento. Las provincias integradas en cada Colegio Notarial se dividirán en Demarcaciones, cuya extensión y límites determinará la Demarcación Notarial. "