Ejemplos de notarios
El deber principal de un Notario Público es demostrar que una parte desinteresada (el Notario Público) ha notificado debidamente al firmante de un documento sobre la importancia del mismo, y que el firmante de dicho documento ha declarado que la identidad del firmante, su firma y las razones por las que ha firmado dicho documento son auténticas. La firma y el sello de un notario público no prueban estos hechos de manera concluyente, pero proporcionan una prueba prima facie de los mismos, y permiten a las personas en el comercio confiar en la verdad y veracidad del notario público como un tercero que no tiene ningún interés personal en la transacción.
Las inscripciones en el libro notarial son información pública. Un notario público deberá, previo pago de todos los honorarios, proporcionar una copia certificada de cualquier registro en la oficina del notario público a cualquier persona que solicite la copia.
Un juez de condado, un secretario de un tribunal de distrito o de condado, un sheriff, un juez de paz, un alguacil o un notario público mantendrán expuesta en todo momento en un lugar visible de sus respectivas oficinas una lista completa de las tasas que la persona puede cobrar por ley.
Qué es la firma notarial
Un notario público (también conocido como notario o fedatario público; pl. notaries public) del derecho anglosajón es un funcionario público constituido por ley para servir al público en asuntos no contenciosos, normalmente relacionados con transacciones financieras generales, sucesiones, escrituras, poderes y negocios extranjeros e internacionales. Las principales funciones de un notario son validar la firma de una persona (a efectos de la firma de un documento); administrar juramentos y afirmaciones; tomar declaraciones juradas y declaraciones legales, incluso de testigos; autenticar la ejecución de determinadas clases de documentos; tomar reconocimientos (por ejemplo, de escrituras y otras transmisiones); protestar pagarés y letras de cambio; notificar letras de cambio extranjeras; preparar protestas marítimas o de buques en casos de daños; proporcionar ejemplificaciones y copias notariales; y, realizar otros actos oficiales dependiendo de la jurisdicción[1] Estas transacciones se conocen como actos notariales, o más comúnmente, notarizaciones. El término notario público sólo se refiere a los notarios de derecho común y no debe confundirse con los notarios de derecho civil[2].
Los asesores notariales deberán
Usted tiene derecho a elegir el notario que prefiera. Los notarios compiten entre sí esencialmente en calidad: busque el notario que mejor le asesore imparcialmente y plantee las dudas que se le ocurran. Los notarios están obligados a asesorarle y a prestarle los servicios notariales que usted les solicite.
En España existen cerca de 3.000 notarios distribuidos por todo el territorio nacional para garantizar la disponibilidad del servicio, incluso en poblaciones muy pequeñas, por lo que no le resultará difícil encontrar uno cerca de su domicilio o despacho en el que depositar su confianza (consulte la Guía Notarial). Los notarios están organizados en Colegios, que les apoyan en sus funciones y también supervisan sus actuaciones. Los Presidentes de estos Colegios constituyen el Consejo General del Notariado, que representa al colectivo a nivel nacional. Jerárquicamente, los notarios dependen de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia.
Ejemplo de firma notarial
Un notario público es un funcionario público constituido por ley para servir al público tomando reconocimientos, administrando juramentos y afirmaciones, y realizando otros actos oficiales dependiendo de la jurisdicción. Cualquier acto de este tipo es una notarización.
si la identidad de la persona se basa en pruebas satisfactorias, una breve descripción del método de identificación y de la credencial de identificación presentada, en su caso, incluida la fecha de expedición y caducidad de la credencial de identificación; y los honorarios, en su caso, cobrados por el notario público.
En caso de dimisión, revocación o suspensión de un cargo de notario público, el notario público conservará el diario notarial durante 1o años a partir de la realización del último acto notarial consignado en el diario e informará al vicegobernador dónde se encuentra el diario.
Las anotaciones en el diario deben estar numeradas secuencialmente y debe evitarse cualquier diario o sistema de registro en el que las páginas no estén físicamente encuadernadas (o lógicamente encuadernadas en el caso de diarios notariales electrónicos) de forma que impidan que el notario las inserte o extraiga del diario. Si un documento notarial se pierde o se altera, o si ciertos hechos sobre la transacción se cuestionan posteriormente, el diario se convierte en una prueba valiosa. Puede proteger los derechos de los ciudadanos y ayudar a los notarios a defenderse de acusaciones falsas.